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"Ley de Igualdad de Trato" Es la pieza clave de la "Revolución Cultural" de ZP

Alicia Antolín

La libertad ideológica y religiosa, la libertad de información y de expresión, el derecho de asociación y la libertad de enseñanza quedan relegados y anulados en la ley que LEIRE PAJÍN , Aido, Pepiño, Trini y Zetapé, el entusiasta aspirante a Gran Timonel, han diseñado.

"La Ley persigue un doble objetivo, según consta en el anteproyecto "prevenir y erradicar cualquier forma de discriminación y proteger a las víctimas". Sin embargo, la normativa también contempla sanciones que van de los 150 euros para las infracciones leves a los 500.000 euros para las conductas de acoso discriminatorio cuando impliquen vejaciones graves de los derechos de las personas o generen grave perjuicio económico o profesional.

La Ley prevé su aplicación en todos los ámbitos de la vida política, económica, cultural y social y singularmente en el empleo, el trabajo, la educación, la salud y los servicios sociales, el acceso a bienes y servicios, incluida la vivienda, la participación social o política y los medios de comunicación."

Lo que se esconde tras esa brutal palabrería es un BARBARIDAD, es algo impensable en una democracia, es algo inimaginable en pleno siglo XXI : El Gobierno elabora una ley para acorralar y perseguir a quien disiente del dogma progre-laicista, ya han logrado imponer su ley contra los varones Audio, ahora son solo nuevas vueltas de tuerca que cambiarán definitivamente la sociedad, las relaciones interpersonales nunca volverán a ser libres, naturales,...es decir, humanas.

Mao Tse-tung lo tuvo tan claro como ZETEPÉ y su gobierno: uno de los preceptos de su "Revolución cultural" disponía ejecución o prisión perpetua para los políticos que sacrificasen la ideología a la economía. ZP lo tiene claro IDEOLOGÍA, IDEOLOGÍA e IDEOLOGÍA en vena si fuera necesario.

"...el catedrático de Derecho Procesal Jesús María Santos Vijande. Su primera advertencia es clara: el anteproyecto «tiene una concepción tan expansiva del derecho a la igualdad, que podría lesionar otros derechos fundamentales». El derecho a la igualdad y la prohibición de discriminación por razón de «nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra circunstancia personal o social» que consagra el artículo 14 de la Constitución se han instaurado, «ante todo y sobre todo», con la finalidad de «proteger al ciudadano ante la actuación arbitraria y discriminatoria de los poderes públicos, pero no como un instrumento para cercenar la libertad de otros ciudadanos restringiéndola sin la debida justificación». «En un Estado de Derecho —afirma— se puede y se debe limitar el ámbito de intervención de los poderes públicos, que no son titulares, como regla, de derechos fundamentales, pero muy distinto es ampararse sin los suficientes matices en la no discriminación para ignorar la libertad individual de los ciudadanos, que es un derecho fundamental que se concreta en otros muchos, como la libertad ideológica y religiosa, la libertad de información y de expresión, el derecho de asociación, la libertad de enseñanza, etcétera». Santos Vijande aconseja también ser «enormemente cuidadosos en la aplicación del derecho a la igualdad en las relaciones entre particulares para que al desterrar una supuesta discriminación injusta no vulneremos otros derechos consagrados en la Carta Magna». ABC

Vaya Semanita Secuestro igualdad 30-04-09 ver video porque con estos asuntos se hace imprescindible sonreír para recuperar fuerzas.


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